sábado, 28 de mayo de 2016

Derecho a la Vivienda, Fallo hístórico



La justicia porteña ordenó al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires brindar una solución habitacional a una familia de ocho personas, una de ellas con discapacidad motriz, que vive en una precaria vivienda en la zona conocida como "Ciudad Oculta", teniendo en cuenta las limitaciones de movilidad de uno de los integrantes.


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El fallo de la sala III de la Cámara de Apelaciones hizo lugar en forma parcial al recurso de apelación presentado por la Ciudad contra una sentencia de primera instancia que disponía la reconstrucción total de la vivienda, informó el sitio i-judicial.

Con el voto de las juezas Gabriela Seijas y Mariana Díaz se ordenó al gobierno porteño que ponga a disposición de la familia “una solución habitacional que permita su urgente relocalización en un sitio acorde a las limitaciones de movilidad” del único varón adulto “y a la cantidad de personas que conforman el grupo“.

Además, hasta tanto se provea esa vivienda "se le deberá otorgar al grupo familiar el monto suficiente a fin de garantizar la protección reconocida y cubrir las necesidades habitacionales".




En la acción de amparo planteada por dos hermanos se solicitaba la realización de refacciones en su vivienda y la provisión de los materiales necesarios, mientras que el gobierno porteño cuestionó el fallo de primera instancia por la inexistencia de disposiciones jurídicas que, en términos concretos, imponga al Estado la obligación de reparar una vivienda en mal estado.

En los fundamentos de la sentencia se señala que el grupo familiar amparista está compuesto por 8 personas, 5 menores y tres adultos, padeciendo el único varón adulto del mal de Thevenard -un trastorno neurológico lentamente progresivo cuya característica clínica principal es la pérdida progresiva de la sensibilidad de las extremidades inferiores- que requirió la amputación de ambos pies.

También se destaca que según consta en el expediente “la vivienda que habitan los actores está construida en mampostería de ladrillo común de canto”, “el baño es externo y se comparte con otros vecinos”.

Además, “las chapas y tirantes de la cubierta se encuentran seriamente deteriorados“, y a las deficiencias de la calidad constructiva se suman “las reducidas dimensiones del terreno imposibilitan una solución técnica adecuada”.

“Teniendo en cuenta las dimensiones del terreno y la cantidad de personas que conforman el grupo familiar (22 metros para 8 personas) no es posible admitir la habitabilidad de la construcción y la viabilidad del proyecto”.

El fallo precisa además que “ha sido probada de manera suficiente la situación de precariedad y hacinamiento de la vivienda, y un nivel de riesgo para las personas que no puede ser desatendido“.

Fuente: Telam 28/05/2016

viernes, 27 de mayo de 2016

Presidente Macri anunció pago de juicios a Jubilados y Pensionados. Ajuste de haberes de hasta un 45 por ciento


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El presidente Mauricio Macri anunció hoy un paquete de medidas como el pago a los jubilados y el plan de blanqueo de capitales.


El presidente estuvoa compañado del ministro de Hacienda, Alfonso Prat-Gay y el jefe de Gabinete, Marcos Peña, entre otros funcionarios de la administración nacional, entre los que se destacaban el titular de la ANSES, Emilio Basavilbaso, quien más tarde amplió los anuncios sobre el sector previsional.




El proyecto contempla que el pago de los reajustes de haberes a jubilados se concretará a través de los ingresos que perciba el fisco por el blanqueo de capitales y los fondos que ingresen por la venta de las acciones, serán destinados a solventar el pago a los jubilados, entre otras cuestiones.

Las acciones que integran el Fondo de Garantía de Sustentabilidad fueron a parar a manos de la Anses tras la reestatización del sistema previsional y el fin de las AFJP y corresponden a empresas como Telecom, Clarín, Techint, entre otras firmas.

La modificación implicará un gasto adicional cercano a los 1.946 millones de pesos para los próximos 12 meses a valores de hoy, puntualizó el organismo previsional.

“Se trata de un cambio en los coeficientes que permiten calcular el primer haber de un jubilado, actualizando las remuneraciones, lo cual permitirá evitar nuevos juicios por reajuste de haberes”, señaló el organismo a través de un comunicado.

El nuevo cálculo se realizará aplicando índices salariales que reflejan la evolución de las remuneraciones en toda la extensión del período, de modo de corregir el problema señalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de falta de actualización o ajuste insuficiente entre 1991 y la fecha de sanción de la Ley de Movilidad Jubilatoria en 2009.

Como el cambio afecta a las remuneraciones que son tomadas en cuenta para calcular la jubilación, se mejorarán los coeficientes actuales y los nuevos jubilados “ya no tendrán que hacer juicio para reclamar el cálculo del haber inicial”, resaltó la Anses.

Los nuevos coeficientes tendrán en cuenta la evolución del Índice de Salarios Básicos de la Industria y Construcción (Isbic) hasta marzo de 1995; luego la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), y por último la movilidad general prevista en la ley 26.417.

Fuente: Clarin y Telam 27/05/2015





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