domingo, 25 de diciembre de 2011

Asignación universal por hijo discapacitado. Sin límite de edad




¿Quiénes pueden cobrarla?


DESOCUPADOS


(Aquellos que no perciban ninguna suma de dinero en concepto de Prestaciones Contributivas o No Contributivas,Subsidios, Planes, Jubilaciones, Pensiones, etc.)

TRABAJADORES NO REGISTRADOS


(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )


SERVICIO DOMÉSTICO


(Que ganen igual o menos del salario mínimo, vital y móvil )


MONOTRIBUTISTA SOCIALES



Se pagará a uno solo de los padres, tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado( por ejemplo un abuelo, un tío, hermano mayor de 18 años), por cada menor de dieciocho (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado, privilegiando a la mamá. La asignación se abonará hasta un máximo de 5 niños.

Cuando las Asignaciones Universales hubiesen sido percibidas indebidamente, ANSES procederá a descontar los importes respectivos en forma mensual. Automáticamente, se compensará con las restantes asignaciones universales o familiares que le corresponda percibir al beneficiario/titular hasta el límite de las mismas, y hasta cubrir el total de la deuda.
Casos de Cobro sin derecho - Renuncia por Incompatilidad

Incompatibilidad con programas y planes sociales

El Árticulo 9º del Decreto 1602/09 detarmina que: "La percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las Leyes Nros. 24.013, 24.241 y 24.714 y sus respectivas modificatorias y complementarias."

ANSES firmó Convenios de Cooperación para la Asignación Universal por Hijo, con todas las provincias.* El mismo tiene como objetivo el intercambio de información a fin de conformar un registro consistente para la implementación efectiva del cobro de la prestacióny determinar las posibles incompatibilidades.

En caso de no liquidación de la Asignación Universal por Hijo por figurar como beneficiario de algún Plan/Programa, el reclamo debe efectuarse ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de que éste actualice la información que mensualmente debe brindar a ANSES. El beneficiario deberá evaluar los requisitos y las características de la Asignación Universal por Hijo, con anterioridad a la baja del Programa/Plan que actualmente recibe de la Ciudad.


*Con excepción de la provincia de San Luis.
¿Qué requisitos se deben cumplir?

EL TITULAR
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).

Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES
Que sus hijos figuren en la Base de Personas de ANSES relacionados con el titular.


EL HIJO
Tener menos de 18 años de edad.

Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano)
Ser soltero.
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.


EL HIJO CON DISCAPACIDAD

Contar con Autorización por Discapacidad vigente emitida por ANSES.
No tiene límite de edad.
Ser soltero.
Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o Curatela a la Persona, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).
Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de Sentencia o Información Sumaria.
Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.
Tener DNI (La constancia de DNI en trámite no acredita identidad).
Residir en el país.
Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
Figurar en la Base de Personas de ANSES relacionado con quien lo tiene a cargo.



La existencia de menores de 18 años y discapacitados que no cumplan las condiciones para generar el derecho al cobro de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, cualquiera fuere el motivo, no impedirá el cobro de la prestación a las personas que lo tienen a su cargo por el resto de los integrantes del grupo familiar en condiciones de percibirlo.


Para cobrar esta asignación, el titular deberá presentar anualmente la Libreta Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación, en la que los profesionales de la salud y educación registrarán, los controles médicos, los esquemas de vacunación, la inscripción al Plan Nacer y la asistencia a la escuela.

Fuente: http://www.anses.gob.ar/

martes, 13 de diciembre de 2011

Fechas históricas

Fechas históricas

1817 - La Escuela Americana para Sordos, la primera escuela permanente para los sordos en América, es fundada en Hartford, Connecticut (EUA)
1829 - Louis Braille inventa el alfabeto de puntos elevados que ha sido conocido como Braille
1869 - La primera patente de la silla de ruedas es registrada en la Oficina de Patentes de los Estados Unidos
1920s - Es instituido el primer programa de readaptación profesional para veteranos de la Primera Guerra Mundial con discapacidades
1948 - Es adoptada por la Asamblea General de la ONU la Declaración Universal de Derechos Humanos
1962 - Ed Roberts, cuadraplégico inmovilizado del cuello hacia abajo debido a la enfermedad de la polio que adquirió en la niñez, es admitido a la Universidad de California en Berkeley (EUA), una victoria durante el movimiento de la discapacidad en los 60s.
1973 - Las primeras calcomanías de estacionamiento para minusválidos son introducidas en Washington, D.C.
1975 - Declaración de los Derechos de los Impedidos
1976 - Se aprueba la reforma del Acta de la Educación Superior de 1972 en EUA que otorga servicios para los estudiantes físicamente impedidos que entran la Universidad
1979 - El Comité Olímpico de los Estados Unidos organiza su Comité de Deportes de los Minusválidos
1981 - La Asamblea General de la ONU proclama el 1981 el Año de las Personas Discapacitadas
1982 - La Asamblea General de la ONU adopta el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad
1992 - La Asamblea General de la ONU proclama el 3 de Diciembre de cada año como el Día Internacional de las Personas Discapacitadas
1993 - La Asamblea General de la ONU adopta las Normas Uniformes sobre la Igualdad de oportunidades para las Personas con Discapacidad
1993-2002 - Década de las Personas con Discapacidad en Asia y el Pacífico
1994 - Bengt Lindqvist es designado como el primer Relator Especial sobre la Discapacidad
2000-2009 - Década Africana de las Personas con Discapacidad
2003 - Año Europeo de las Personas con Discapacidades
2003-2012 - Década Árabe de las Personas Discapacitadas





Fuente: http://www.hrea.net/learn/guides/discapacidad.html#intro

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